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Drayage, demurrage y detención en los puertos de Los Ángeles y Long Beach

Actualizado

Esta guía es para exportadores e importadores que mueven contenedores completos por los puertos de Los Ángeles y Long Beach, por ejemplo desde Chile, Perú, Colombia o España. Explica cómo funciona el drayage, la diferencia entre demurrage y detención, lo que la FMC exige hoy en cada factura y cómo mantener ambos cargos fuera de su cuenta.

Qué es el drayage en los puertos de la bahía de San Pedro

El drayage, o acarreo terrestre, es el traslado corto en camión de un contenedor entre una terminal marítima y un lugar cercano: un almacén, una instalación de transloading, una terminal ferroviaria o un patio de contenedores. En los puertos de Los Ángeles y Long Beach, que están uno junto al otro en la bahía de San Pedro, un drayage de importación tiene normalmente tres tramos: el transportista retira el contenedor lleno en la terminal, lo entrega para su descarga y luego devuelve el contenedor vacío a la terminal o al depósito que indique la naviera.

El drayage es un servicio distinto del flete marítimo, salvo que su reserva incluya la entrega. En una reserva de puerto a puerto, alguien tiene que contratar al transportista, comprobar que el contenedor esté liberado, conseguir una cita en la terminal y planificar la devolución del vacío. Cada uno de esos pasos tiene un reloj, y esos relojes son los que generan el demurrage y la detención.

Diagrama 1 El recorrido de un contenedor de importación y los relojes que corren
  1. Reloj de demurrage Descarga en la terminal El contenedor baja del buque y queda disponible cuando se libera
  2. Salida de la terminal Cita de retiro El transportista retira el contenedor lleno con un chasís
  3. Reloj de detención Entrega y descarga Descarga con el camión en espera, o el contenedor se deja y se descarga después
  4. El reloj se detiene Devolución del vacío El contenedor vacío vuelve a la terminal o al depósito indicado

Si su mercancía sigue hacia Amazon, nuestra guía de los puertos de Los Ángeles y Long Beach a Amazon FBA cubre la ruta completa hasta la recepción y la preparación. Esta guía se queda del lado del puerto: el traslado en camión y los cargos que lo rodean. Supone contenedores completos; si su envío es más pequeño, lea FCL vs. LCL para enviar a Estados Unidos, porque la carga consolidada se retira en una estación de carga de contenedores (CFS) y no como un contenedor entero.

Si exporta desde México por carretera, la mayor parte de esta guía no se aplica a su envío: su carga cruza por un puerto fronterizo terrestre, sin terminal marítima, y el Importer Security Filing (ISF) solo se exige para la carga marítima. Lo que sí se aplica es la idea de fondo: planificar la liberación y la descarga antes de la llegada, para que el camión y el remolque no esperen.

Disponibilidad, retenciones y citas en la terminal

Un contenedor puede estar en la terminal y aun así no estar listo para salir. Antes de que un transportista pueda retirarlo, normalmente deben cumplirse tres condiciones:

  • El contenedor está descargado y disponible. Las terminales muestran un contenedor como disponible cuando ya bajó del buque y está en el patio. Cuando la FMC revisa el demurrage, analiza si los días libres y los cargos están vinculados al momento en que la carga está realmente disponible para retirarse.
  • No quedan retenciones (holds). Las más comunes son una retención de la aduana, la de otra agencia (por ejemplo, la FDA), una retención por flete hasta que se paguen el flete marítimo y los cargos de la naviera, y una retención de la línea por documentos faltantes. Todas deben levantarse antes de que la terminal libere el contenedor.
  • Hay una cita de retiro reservada. La mayoría de las terminales de Los Ángeles y Long Beach trabajan con sistemas de citas. Su transportista reserva una ventana horaria, y las citas pueden escasear cuando descarga un buque grande o cuando una terminal limita su horario de atención.

El punto práctico: la liberación y la cita son responsabilidad suya, o de su proveedor, desde el día en que llega el buque. Esperar el aviso de llegada para empezar el papeleo es la forma más común de perder días libres.

El chasís: la pieza que se olvida

Un contenedor no puede circular por carretera sin un chasís (chassis), el bastidor con ruedas sobre el que va montado. En el sur de California, la mayoría de los chasís vienen de pools compartidos y no de la naviera, y el transportista suele conseguir uno para cada traslado. Eso tiene tres consecuencias para sus costos:

  • El uso del chasís se cobra por día. El transportista normalmente traslada la renta del chasís por cada día que está bajo su contenedor, incluidos los días que espera en su almacén.
  • La falta de chasís retrasa el retiro. Si escasean en una terminal, un contenedor puede quedarse quieto mientras corren los días libres, aunque todas las retenciones estén levantadas.
  • Los traslados separados cuestan más. Cuando el chasís se recoge en un lugar y el contenedor en otro, los transportistas suelen agregar un cargo por traslado separado o reposicionamiento (split).

Pregunte a su transportista cómo cobra el chasís, qué pool usa y qué pasa si no hay chasís disponible el día de su cita. Estos cargos, en general, quedan fuera de la regla de facturación de la FMC que se explica más abajo, que cubre las facturas de navieras, operadores de terminales marítimas y NVOCC, no las de transportistas terrestres ni proveedores de chasís.

Demurrage vs. detención vs. per diem

El demurrage y la detención son cargos por conservar un contenedor más tiempo que los días libres permitidos. La diferencia está en dónde se encuentra el contenedor mientras corre el cargo.

Comparación de demurrage, detención y per diem para contenedores de importación en Los Ángeles y Long Beach
CargoDónde está el contenedorNormalmente lo facturaEl reloj suele empezarEl reloj suele detenerse
DemurrageLleno, dentro de la terminalLa naviera o el operador de la terminalCuando terminan los días libres en la terminalCuando el contenedor lleno sale por la puerta
Detención (detention)Fuera de la terminal, lleno o vacíoLa naviera (dueña o arrendataria del equipo)Cuando terminan los días libres del equipo después de la salidaCuando se devuelve el contenedor vacío
Per diemFuera de la terminalLa naviera al transportista, que a menudo se lo traslada a ustedIgual que la detenciónIgual que la detención

En la práctica, "per diem" es el nombre que navieras y transportistas suelen usar para la detención, sobre todo cuando el cargo se factura a la empresa de transporte según su acuerdo de intercambio de equipo y luego se traslada al dueño de la carga. Algunas navieras combinan demurrage y detención en una sola franquicia de días libres. Lea la tarifa de la naviera o su contrato de servicio para saber cuál aplica a su contenedor.

El demurrage tiene que ver con el espacio de la terminal: un contenedor lleno que ocupa el patio. La detención tiene que ver con el equipo: el contenedor de la naviera (y el chasís que lo lleva) no está disponible para su siguiente reserva. Puede evitar el demurrage retirando el contenedor rápido y aun así pagar detención si después el contenedor espera días en su almacén antes de descargarse.

Un aviso sobre los nombres: en muchos países de habla hispana estos mismos conceptos se conocen como "almacenaje" o "sobrestadía" en la terminal y como "demoras" del contenedor, y el uso cambia según el país y la naviera. Las facturas que reciba por Los Ángeles y Long Beach usarán los términos en inglés, así que compruebe qué concepto le cobran, no solo cómo se llama.

Cómo funcionan los días libres

Los días libres (free time) son los días que puede usar la terminal o el contenedor antes de que empiecen los cargos. Los fija la tarifa de la naviera, el tarifario de la terminal marítima o su contrato de servicio negociado. No los fija la ley, y varían según la naviera, la terminal, el tipo de contenedor y el contrato. No hay una cifra única para Los Ángeles o Long Beach.

Antes de que llegue el buque, averigüe:

  • Cuántos días libres aplican al demurrage y a la detención, y si son separados o combinados.
  • Cuándo empieza cada reloj: con la descarga, con la disponibilidad o con la salida de la terminal.
  • Si cuentan los fines de semana y feriados.
  • La tarifa diaria después de los días libres, y si sube a partir de cierto número de días.
  • El último día libre para el retiro y el último día libre para devolver el vacío, según la terminal y la naviera.

Según la regla de la FMC, cada factura de demurrage o detención debe indicar los días libres concedidos, su fecha de inicio y de fin, y la fecha de disponibilidad del contenedor. Anote esos datos cuando llegue el contenedor, para poder comparar la factura con su propio registro.

Si los días libres son pocos para sus volúmenes, conviene negociar más días en su contrato de servicio o con su agente de carga antes de enviar, en lugar de intentar recuperar cargos después. La regla Incoterms de su venta también cuenta: con FOB o CIF, normalmente es el importador en Estados Unidos quien recibe las facturas de la naviera y de la terminal en destino; con DAP o DDP, usted asume más tramos en destino y los cargos que surjan en ellos. Nuestra guía sobre el costo de importar a Estados Unidos muestra dónde quedan los cargos portuarios en su costo total, y la de Incoterms para enviar a Estados Unidos explica cómo sus condiciones de venta deciden quién los paga.

La regla de facturación de la FMC y su derecho a disputar

La Comisión Marítima Federal de EE. UU. (FMC) regula cómo facturan el demurrage y la detención las navieras, los operadores de terminales marítimas y los transportistas comunes que no operan buques (NVOCC). Su regla de requisitos de facturación de demurrage y detención, codificada en 46 CFR parte 541, entró en vigor el 28 de mayo de 2024. Los requisitos de contenido de la factura de la sección 541.6 esperaron la aprobación federal de trámites y entraron en vigor en la misma fecha, como confirmó la FMC en un aviso de mayo de 2024.

Qué debe incluir una factura

Según 46 CFR 541.6, una factura de demurrage o detención debe ser exacta e incluir:

  • Datos de identificación: el número del conocimiento de embarque, el número del contenedor, el puerto de descarga y la razón por la que usted es la parte obligada a pagar el cargo.
  • Datos de tiempo: la fecha de la factura y la de vencimiento, los días libres concedidos, las fechas de inicio y fin de los días libres, la fecha de disponibilidad del contenedor (en importaciones) y las fechas concretas que se cobran.
  • Datos de tarifa: el monto total, la tarifa, el tarifario de la terminal o el contrato del que sale el precio, y las tarifas concretas aplicadas.
  • Datos para disputar: un contacto para preguntas y solicitudes de reducción, un enlace o código a una página pública que indique qué documentos requiere una disputa, y los plazos para disputar y para que la parte que factura responda.
  • Certificaciones: declaraciones de que los cargos cumplen las reglas de la FMC sobre demurrage y detención y de que el desempeño de quien factura no causó ni contribuyó a los cargos.

Si una factura omite información obligatoria, la FMC indica que la parte facturada no tiene obligación de pagar ese cargo (anuncio de la FMC).

Plazos para ambas partes

  • Emisión de la factura: navieras y terminales deben emitirla dentro de los 30 días naturales siguientes a la última fecha en que se generó el cargo. Si no lo hacen, usted no está obligado a pagarlo (46 CFR 541.7).
  • Su plazo para disputar: debe tener al menos 30 días naturales desde la fecha de la factura para solicitar una reducción, un reembolso o una condonación.
  • La respuesta: la parte que factura debe intentar resolver una solicitud presentada a tiempo dentro de 30 días naturales, salvo que ambas partes acuerden un plazo mayor (46 CFR 541.8).

Una parte de la regla de 2024 ya no se aplica. La sección que limitaba a quién se podía facturar fue anulada por un tribunal federal de apelaciones en septiembre de 2025, y la FMC la eliminó formalmente el 29 de diciembre de 2025 (aviso en el Federal Register). La FMC indicó que el resto de la regla, incluidos el contenido de la factura, los plazos y las disputas, sigue vigente.

Cuándo un cargo no es razonable

La regla interpretativa de la FMC en 46 CFR 545.5 indica que la Comisión evalúa el demurrage y la detención según si funcionan como incentivo para mover la carga. Los cargos que no pueden cambiar su conducta, por ejemplo cuando la terminal no tenía citas o no aceptaba devoluciones de vacíos, son la base clásica de una disputa. Si la naviera se niega, puede presentar una reclamación de cargos ante la FMC. En demurrage y detención, la naviera tiene la carga de probar que sus cargos eran razonables.

Clean Truck Fund y otros cargos en el puerto

Los puertos de Los Ángeles y Long Beach cobran cada uno una tarifa del Clean Truck Fund a los dueños de la carga. Según la actualización del Puerto de Los Ángeles de mayo de 2025, la tarifa es de $10 por cada unidad equivalente a veinte pies (TEU) llena que se mueve por el puerto en un camión de drayage convencional, es decir, $20 por un contenedor de 40 pies. La carga que se mueve en camiones de cero emisiones está exenta, y ciertos camiones de bajas emisiones de NOx tienen una exención temporal hasta el 31 de diciembre de 2027 (Puerto de Los Ángeles). El Puerto de Long Beach cobra la misma tarifa con su propio programa. Confirme el monto vigente antes de presupuestar, porque los cargos portuarios pueden cambiar.

Además de las tarifas del puerto, las cotizaciones de drayage en el sur de California suelen incluir cargos accesorios. Pregunte por cada uno antes de contratar:

  • Tiempo de espera en la terminal o en el lugar de entrega más allá de un periodo libre.
  • Retiro anticipado (pre-pull) y almacenaje en patio, cuando el transportista retira un contenedor antes del último día libre y lo guarda en su patio hasta que el almacén pueda recibirlo.
  • Chasís y traslados separados, como se explicó antes.
  • Viaje en falso (dry run), cuando el camión llega pero no puede retirar ni entregar, por ejemplo porque no se levantó una retención.
  • Recargos por sobrepeso o por carga peligrosa.

El retiro anticipado suele costar menos que el demurrage cuando la terminal está congestionada. Compare las dos opciones para cada contenedor en lugar de elegir siempre la misma.

Retenciones de la aduana y de la FDA como causa de demurrage

Una retención impide que el contenedor salga de la terminal mientras el reloj del demurrage sigue corriendo. En las importaciones, las causas más comunes son:

  • Todavía no hay liberación de la aduana, porque la declaración se presentó tarde, el Importer Security Filing (ISF) se presentó tarde o incompleto, o los documentos no coincidían con la carga.
  • Una inspección de la CBP. Si la CBP selecciona el contenedor para examen, queda retenido hasta que termina, y un examen más intensivo puede sumar transporte, manipulación y días.
  • Una retención de la FDA o de otra agencia, por ejemplo para alimentos, cosméticos o productos con requisitos de reporte ante una agencia, hasta que la agencia revise o tome muestras del envío.

La regla interpretativa de la FMC menciona las inspecciones gubernamentales como uno de los factores que puede considerar al decidir si un demurrage fue razonable, pero una retención causada por sus propias declaraciones tardías o incorrectas es difícil de disputar. Prevenir funciona mejor: facturas comerciales y listas de empaque correctas, un ISF presentado a tiempo y los requisitos de cada agencia revisados antes de que la mercancía salga de origen. Para alimentos que llegan por mar, como salmón de Chile, frutas y hortalizas procesadas de Perú o café de Colombia, eso incluye el Prior Notice (aviso previo) de la FDA, que para la carga marítima debe presentarse y confirmarse al menos 8 horas antes de la llegada. Nuestra guía sobre cómo funciona el despacho aduanal en EE. UU. explica cada paso.

Cuide también la coherencia con sus documentos de exportación en origen: el pedimento en México, la declaración de exportación (DEX) ante la DIAN en Colombia, el Documento Único de Salida (DUS) en Chile o la declaración del régimen de exportación definitiva ante la SUNAT en Perú. La Orden Ejecutiva 14411 del 3 de junio de 2026 ordenó a la CBP exigir los documentos que el exportador extranjero presentó ante su propia aduana, y la CBP publicó en septiembre de 2026 un aviso anticipado sobre el tema, con comentarios hasta el 1 de diciembre de 2026. Ese requisito todavía no está vigente a octubre de 2026, pero que la descripción, las cantidades y el valor coincidan entre la exportación y la importación ya evita preguntas hoy.

Abanro se encarga del despacho aduanal en EE. UU. como parte de su envío, así que la declaración y el retiro en la terminal se planifican juntos desde la llegada del buque. Si un contenedor ya está retenido o varado en el puerto, la Recuperación de envíos puede ayudarle a encontrar la forma más rápida de liberarlo.

Indíquenos su buque, su contenedor y su carga antes de la llegada, y planificaremos el despacho aduanal y el retiro en la terminal según sus días libres.

Planificar el retiro de mi contenedor

Lista de control para evitar demurrage y detención

Antes de que llegue el buque

  • Conozca sus días libres de demurrage y de detención, cuándo empieza cada reloj y las tarifas diarias.
  • Presente el ISF a tiempo y tenga listos la factura comercial, la lista de empaque y los trámites ante otras agencias.
  • Verifique que la descripción, las cantidades y el valor coincidan con su declaración de exportación en origen.
  • Contrate al transportista con anticipación y confirme cómo maneja el chasís, el retiro anticipado y el tiempo de espera.
  • Confirme que el almacén de entrega puede recibir el contenedor y descargarlo de inmediato.
  • Acuerde con su comprador o proveedor quién paga los cargos en el puerto según su regla Incoterms.

Cuando el contenedor esté disponible

  • Revise cada día todas las retenciones hasta que se levanten: aduana, otras agencias, flete y línea.
  • Reserve la cita de retiro en cuanto se libere el contenedor, antes del último día libre.
  • Guarde capturas de pantalla de las citas no disponibles, los cierres de la terminal y las devoluciones de vacíos rechazadas, con sus fechas.

Después de la salida de la terminal

  • Descargue rápido. Una descarga con el camión en espera (live unload) reduce al mínimo los días de detención y de chasís.
  • Devuelva el vacío al lugar que indique la naviera y conserve el comprobante de entrada.
  • Revise cada factura de demurrage y detención contra 46 CFR 541.6, y dispútela dentro del plazo si falta algo o hay un error.

Descargar cerca del puerto es el paso que usted más controla. El almacén de Abanro en Estados Unidos, cerca de los puertos de Los Ángeles y Long Beach, descarga contenedores con carga suelta y cuenta las cajas contra su lista de empaque con nuestro servicio de recepción e inspección, para que el vacío pueda volver antes. Si su contenedor debe repartirse entre Amazon, minoristas y almacenaje, lea nuestra guía sobre transloading y cross-docking en el sur de California. Para la carga que llega a cualquiera de los dos puertos, vea nuestras páginas de 3PL en Long Beach y 3PL en Los Ángeles; los precios base están en nuestra página de precios.

Esta guía es información general, no asesoría legal. Los días libres, las tarifas, los cargos portuarios y las reglas de la FMC cambian, así que confírmelos para su envío antes de contar con ellos.

Fuentes y lecturas recomendadas

  1. La FMC publica la regla final sobre prácticas de facturación de demurrage y detención, Comisión Marítima Federal de EE. UU. (FMC)
  2. Requisitos de facturación de demurrage y detención, regla final (26 de febrero de 2024), Federal Register (diario oficial del Gobierno federal de EE. UU.)
  3. Requisitos de facturación de demurrage y detención, anuncio de fecha de vigencia (14 de mayo de 2024), Federal Register (diario oficial del Gobierno federal de EE. UU.)
  4. Requisitos de facturación de demurrage y detención, eliminación de 46 CFR 541.4 (29 de diciembre de 2025), Federal Register (diario oficial del Gobierno federal de EE. UU.)
  5. 46 CFR 541.6, contenido de la factura, Código de Regulaciones Federales (Instituto de Información Legal, Cornell)
  6. 46 CFR 541.7, emisión de facturas de demurrage y detención, Código de Regulaciones Federales (Instituto de Información Legal, Cornell)
  7. 46 CFR 541.8, solicitudes de reducción, reembolso o condonación de cargos, Código de Regulaciones Federales (Instituto de Información Legal, Cornell)
  8. 46 CFR 545.5, regla interpretativa sobre demurrage y detención, Código de Regulaciones Federales (Instituto de Información Legal, Cornell)
  9. Guía sobre el procedimiento provisional de reclamación de cargos, Comisión Marítima Federal de EE. UU. (FMC)
  10. El Puerto de Los Ángeles adopta su plan de gasto del Clean Truck Fund a corto plazo (mayo de 2025), Puerto de Los Ángeles
  11. Prior Notice de alimentos importados, regla final (plazos de 8, 4 y 2 horas antes de la llegada), Federal Register / Administración de Alimentos y Medicamentos de EE. UU. (FDA)
  12. Orden Ejecutiva 14411, Fortalecimiento de la aplicación aduanera (91 FR 35125, 10 de junio de 2026), Federal Register (diario oficial del Gobierno federal de EE. UU.)
  13. Aviso anticipado sobre mayores declaraciones de importación para la visibilidad de la cadena de suministro (2 de septiembre de 2026; comentarios hasta el 1 de diciembre de 2026), Federal Register / Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP)
  14. Ley Aduanera, artículos 36 y 36-A (pedimento), Cámara de Diputados (México)
  15. Oficio 906768 de 2022: autorización de embarque y declaración de exportación (DEX), DIAN (Colombia)
  16. Factura de exportación electrónica y Documento Único de Salida (DUS), Servicio de Impuestos Internos (SII), Chile
  17. Exportación definitiva, SUNAT (Perú)

Fuentes verificadas el

Preguntas

¿Quién paga el demurrage y la detención, el exportador o el consignatario?

Normalmente la parte que contrató con la naviera o la terminal, o el consignatario que recibe la carga, según el conocimiento de embarque, el contrato de servicio y la regla Incoterms de su venta. Acuerde en su contrato de compraventa quién paga los cargos en el puerto, porque la naviera facturará a quien indiquen su contrato y su tarifa.

¿Demurrage y detención son lo mismo que las 'demoras' y el 'almacenaje' que cobran en mi país?

Se parecen, pero los nombres cambian según el país y la naviera. En Los Ángeles y Long Beach, el demurrage es el cargo por el contenedor lleno que se queda en la terminal después de los días libres, y la detención (detention) es el cargo por tener el equipo de la naviera fuera de la terminal más tiempo del permitido. Revise qué concepto le cobran en cada factura, no solo el nombre.

¿Puedo negarme a pagar demurrage si la terminal no tenía citas disponibles?

Puede disputarlo. La regla interpretativa de la FMC indica que la Comisión evalúa si un cargo sigue funcionando como incentivo para mover la carga, y los cargos que usted no podía evitar porque la carga no estaba realmente disponible o no se aceptaban contenedores vacíos son una base común de disputa. Documente las citas negadas con capturas de pantalla y fechas.

¿Los días libres incluyen fines de semana y feriados?

Depende de la tarifa de la naviera, del tarifario de la terminal o de su contrato de servicio. Algunos cuentan días naturales y otros excluyen ciertos días, así que lea la regla que aplica a su contenedor en lugar de suponerla.

¿Cuánto tiempo tiene una naviera para enviar una factura de demurrage o detención?

Según la regla de la FMC en 46 CFR 541.7, una naviera o una terminal debe emitir la factura dentro de los 30 días naturales siguientes a la última fecha en que se generó el cargo. Si no lo hace, la parte facturada no está obligada a pagar ese cargo.

¿El drayage está incluido en mi flete marítimo?

Solo si contrató el acarreo de la naviera (carrier haulage) o un servicio puerta a puerta que incluya la entrega desde la terminal. En una reserva de puerto a puerto, el traslado en camión desde la terminal es un servicio aparte y una factura aparte.

¿Llega un contenedor a Los Ángeles o Long Beach?

Envíenos el conocimiento de embarque, el buque y la carga, y planificaremos el despacho, el retiro en la terminal y la descarga según sus días libres. Respondemos en un plazo de 6 horas.

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